Dossier 1. Para entender lo que está pasando en Palestina

  Contenido: PARTE I. Historia de una resistencia y lucha: 1. Conflicto Israel-Palestina: una breve historia en map...

Peña Nieto y la violencia feminicida.


La peor persona que puede hablar sobre condenar la violencia feminicida es el gobernador del Estado de México.


No se nos olvida señor Peña Nieto que bajo sus órdenes se gopeo y violó a decenas de mujeres en el pueblo de San Salvador Atenco.


Mujeres indígenas, campesinas, trabajadoras y estudiantes recibieron el mismo trato de sus gorilas que tenían directamente de su propio mando una orden: "acabar con todo".


Si alguién debe ser castigado por violencia contra las mujeres ese es el gobernador del Estado de México.


De nada valen sus "propuestas" que sólo buscan maquillar una imagen para las contiendas electorales. Las mujeres del Estado de México y el pueblo entero tienen memoria.


¡3 y 4 de mayo de 2006 en San Salvador Atenco no se olvida, ni se perdona!


¡Cárcel al asesino y violador Enrique Peña Nieto!


El pleno del Congreso mexiquense recibe y discute la iniciativa enviada por Enrique Peña Nieto

10 de marzo 2011
http://www.eluniversaledomex.mx/

El feminicidio, de acuedo a las leyes en el estado de México, es la "privación de la vida asociada a la exclusión, subordinación, discriminación o explotación del sujeto pasivo", en este caso la mujer.
De aprobarse las inciativas que en el marco del Día Internacional de la Mujer, Enrique Peña Nieto, gobernador del estado de México, envió al Congreso mexiquense, así será definida la “violencia feminicida” en la entidad mexiquense.

El gobierno del estado busca a través de estas las reformas a la ley, y la aplicación de otras emdidas, una nuevaNegrita cultura de mayor respeto y prevención a la violencia contra la mujer.

1.- Plantea un enfoque integral de la atención de la violencia de género, esto es la articulación armónica de estrategias de diversos aspectos en lo que se refiere la investigación y persecución de este delito.

2.- Se efectuarán reformas al Código Penal, al Código de Procedimientos Penales, a la Ley Orgánica del Poder Judicial, a la Ley Orgánica de la PGJEM y a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como la creación de una nueva Ley de Protección a Víctimas y Ofendidos del Delito del Estado de México.

3.- Durante los foros de feminicidios que se efectuaron en febrero, se estableció una régimen contundente en materia de medidas cautelares, providencias precautorias y de protección a las víctimas y ofendidos, desde el momento en que se conozca del presunto delito y hasta la reparación del daño.

4.- Los agresores de estos delitos vinculados con la violencia de género, no tendrán beneficio a la sustitución de pena que les permita concluir anticipadamente su condena, para evitar la reincidencia en ese tipo de ilícitos.

5.- Cuando se cometa un delito en donde haya habido una relación sentimental, afectiva, de confianza o de vinculación por centro de trabajo e institución educativa, el Ministerio Público deberá realizar investigaciones correspondientes.

6.- Pero si el sujeto ejecutó conductas sexuales, crueles, degradantes, o mutile el cuerpo de la víctima, se establecerá como sanción una pena de 40 a 70 años de prisión y de 700 a 5 mil días de multa.

7.- El 14 de febrero, el gobernador mexiquense anunció la creación de una subprocuraduría especializada en delitos cometidos contra la mujer.

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